Como cada año, las cooperativas y las asociaciones gremiales deben actualizar sus órganos colegiados, esto con el fin de continuar su adecuado funcionamiento, las primeras requieren actualizar sus consejos de administración y tienen plazo hasta el mes de junio de 2025, mientras que las segundas deben renovar sus directorios y el plazo para realizarlo depende de sus estatutos.
Cooperativas
De acuerdo con la Ley General de Cooperativas la junta general de socios que debe celebrarse el primer semestre, para el caso de las actualizaciones de consejo se deben presentar la siguiente documentación en la DAES:
Para conocer en detalle las materias de los temas que deben ser tratados en la Junta General de Socios y las formalidades puedes revisar el artículo 23 de la Ley General de Cooperativas.
Asociaciones gremiales y asociaciones de consumidores
Para el caso de las actualizaciones de directorio en las asociaciones gremiales y las asociaciones de consumidores, estas deben celebrarse según el procedimiento, quórum y requisitos prescritos en sus respectivos estatutos.
Tras la respectiva asamblea de renovación del directorio, de las votaciones y del cumplimiento de las formalidades exigidas en los estatutos para estos efectos, se dejará constancia en un acta.
Posteriormente es necesario presentar en la DAES:
Con respecto al plazo de las actualizaciones en ambas (cooperativas y asociaciones gremiales) es de 30 días hábiles administrativos, los cuales son contabilizados desde la fecha en que los archivos se cargan en el sistema.
Para iniciar el trámite puedes ingresar a DAES Digital.